ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA

asistencia sanitaria transfronteriza

Estoy en lista de espera para operarme. Llevo meses en esta lista de espera y estoy harto del retraso. Creo que puedo recibir el tratamiento en el extranjero y que el HSE me reembolsará el coste. ¿Es cierto? Le ruego me informe. ¿Se aplica este régimen a todos los servicios de la HSE?

La Directiva sobre asistencia sanitaria transfronteriza es una ley de la Unión Europea que permite a los ciudadanos de la UE acceder a servicios sanitarios en otro país de la UE y que su país de origen les reembolse el coste, en determinadas condiciones. Su objetivo es garantizar los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, manteniendo al mismo tiempo el control nacional sobre los sistemas sanitarios.

Por lo tanto, si tiene derecho a servicios sanitarios públicos en Irlanda, puede optar por acceder a esos servicios en otro Estado miembro de la Unión Europea y que le reembolsen el coste si cumple los requisitos. Se requiere autorización previa del HSE en una serie de circunstancias. El importe que se reembolsará es el que costaría el tratamiento en Irlanda, o el coste de su tratamiento en el extranjero, si es inferior. No incluye otros gastos, como los de viaje.
Sólo se reembolsará la asistencia sanitaria financiada con fondos públicos y disponible en Irlanda, pero la derivación puede ser a un servicio sanitario público o privado del otro país. Deberá pagar el coste del tratamiento y solicitar el reembolso a su regreso a Irlanda.
Para recibir el tratamiento, primero debe recibir una carta de derivación de su médico de cabecera, ortodoncista del HSE, etc. La carta de remisión debe especificar la asistencia sanitaria necesaria, el profesional sanitario extranjero al que se le remite y su clínica u hospital.
Algunos ejemplos de la asistencia sanitaria que ofrece el régimen son:
 Atención ambulatoria, hospitalaria y de día en servicios hospitalarios de agudos, incluidos los servicios psiquiátricos
 Asistencia ambulatoria comunitaria
 Prótesis articulares
 Servicios dentales y de ortodoncia (con algunas excepciones, como los servicios de revisión dental en las escuelas)
 Tratamiento de la fertilidad
 Servicios de logopedia y lenguaje
 Servicios de terapia ocupacional
 Servicios de psicología
 Servicios de fisioterapia
 Servicios para discapacitados
 Servicios oftalmológicos
 Servicios de salud mental
 Atención a las adicciones

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