Soy inquilino de una vivienda municipal propiedad de la Diputación Provincial de mi localidad. Llevo 15 años viviendo en ella y me gustaría comprarla. ¿Puedo comprar mi casa al Ayuntamiento y tendré que pagar el valor total de mercado?
En Irlanda, el Plan de Adquisición de Viviendas por los Inquilinos permite a los inquilinos de las administraciones locales que reúnan los requisitos necesarios adquirir sus viviendas de alquiler a precios reducidos. El objetivo de esta iniciativa es promover la propiedad de la vivienda entre los inquilinos de viviendas sociales.
Puede optar a ella si:
Lleva viviendo en una vivienda municipal al menos 10 años.
Su vivienda está destinada a la venta (no todas las viviendas lo están).
Sus ingresos brutos anuales son de al menos 12.500 euros.
No tiene atrasos en el pago del alquiler ni está implicado en conductas antisociales.
No es ya propietario de una vivienda.
El descuento sobre el valor de mercado del inmueble viene determinado por los ingresos del inquilino, que oscilan entre el 40% y el 60%. Por ejemplo
Ingresos iguales o inferiores a 20.000 euros: 60% de descuento
Ingresos entre 20.001 y 29.999 euros: 50% de descuento
Ingresos iguales o superiores a 30.000 euros: 40% de descuento
Se aplica una "tasa de compra incremental", correspondiente al descuento recibido. Este cargo disminuye un 2% anual durante un periodo de 20, 25 o 30 años, dependiendo del descuento. Por ejemplo, un descuento del 40% da lugar a un periodo de carga de 20 años, mientras que un descuento del 60% corresponde a 30 años.
Los compradores están obligados a utilizar la propiedad como residencia principal y deben obtener el consentimiento de la autoridad local para cualquier venta, alquiler o subarriendo durante el periodo de cargas.
La venta de la vivienda antes de que finalice el periodo de gravamen requiere la devolución del valor del gravamen pendiente a la autoridad local. Tras la compra, los propietarios son responsables de todo el mantenimiento y las reparaciones, así como de contratar un seguro de propiedad adecuado.
Algunas propiedades están excluidas del régimen, entre ellas:
Apartamentos (cubiertos por otro plan de compra de apartamentos por parte de inquilinos);
Viviendas reservadas específicamente para grupos concretos, como personas mayores o discapacitadas;
Propiedades en zonas con gran demanda de vivienda, en las que se considera necesario conservar el parque de viviendas sociales.
social.
Byrne Carolan Cunningham LLP Abogados están disponibles para consultas en cualquiera de nuestras oficinas en Athlone, Galway, Dublín, Lanesborough o Moate. Si necesita asesoramiento sobre la compra de una casa de la autoridad local de nuestro equipo de abogados de la propiedad son altamente experimentados y pueden guiarlo a través del proceso.